jueves, 1 de diciembre de 2016

Ciudadanía y derechos humanos


 
Defensa pública de los migrantes, un tema en la mesa

 
Genaro González Licea

 

El derecho de los migrantes debe cambiar radicalmente en el mundo entero. Una nueva perspectiva se impone. Las balsas, vagones y contenedores que transportan en la clandestinidad a los miles y miles de emigrantes son el síntoma más claro. Lo confirma la carne cruda, desgarrada, que cuelga en los alambrados de púas, cercos diseñados por una mente criminal que se confunde con lo espeso de la muerte. Medida desquiciada que no entiende que el migrante es igual de humano que nosotros y, por lo mismo, si lo dejamos en el abandono, dejamos, al mismo tiempo, una parte muy nuestra.

Los migrantes son el efecto de la miseria, de la pobreza, del marco globalizador, unilateral desde siempre, que ha llegado a su franco agotamiento. Su crisis es tal que ya le es imposible modificar, desde su propia lógica de acumulación, los efectos generados por la brutal exploración de capital practicada de los años ochenta a nuestros días.

         Repito, los migrantes son un efecto de la explotación del trabajo y del abandono de los Estados nacionales de políticas educativas y, en general, de una justa distribución de ingreso. Lo he dicho muchas veces y no me canso si lo digo una más: de qué sirve que un país, como el nuestro, crezca económicamente, si ésta situación no se refleja en una equitativa distribución del ingreso y, al mismo tiempo, en el cambio social requerido. Unos, los menos, se enriquecen, otros, los más, se ven condenados a vivir un día con hambre y otro día también. La lucha cotidiana de buscar el pan y la sal hasta la muerte.

Las grandes potencias, entre ellas, el grupo de los ocho países más industrializados del planeta, el G8, lo saben perfectamente. De ellos el Reino Unido ya inició su recomposición de mercado interno, le seguirá, según observo, Estados Unidos. Fortalecer la economía nacional, en resumidas cuentas, será la tónica de las políticas de los países económicamente dominantes en las próximas décadas y, en calidad de consecuencia, también de los menos desarrollados.

         En este esquema, efectivamente, las personas extranjeras que nos ocupan son uno de los efectos de la brutal concentración del ingreso, una manifestación de la crisis económica mundial que vive no solamente Europa, sino África, Asia, el Continente Americano en todo su largo y ancho, y Oceanía. Recordemos de este último el estancamiento económico de varios de sus países y, en particular, la recesión de Nueva Zelanda hace apenas un par de años.

         La migración masiva, en resumidas cuentas, es un producto del hambre, de la educación destartalada y de la rota esperanza de vida generada por la dinámica de la reproducción del capital mundial, hoy en evidente crisis. Si hay certeza en lo anterior, entonces, que un país construya vallas para mostrar su poder e incapacidad de resolver problemas como los que aquí se comentan, de ninguna manera, me parece, significa dejarlos en otro país para que éste los resuelva y, mucho menos, olvidarse de ellos en su propio territorio. Así como la economía fue global, así también deberán de ser las políticas para resolver sus efectos producidos.

Es evidente que ya no hablamos única y exclusivamente de los migrantes que, como almas en pena, transitan sin rumbo fijo. Hablamos también de segundas y terceras generaciones radicadas en un determinado país, con raíces propias y entrelazadas. Tradiciones de allá y de acá, cultura única y plural al mismo tiempo. Ninguna persona en su sano juicio se atrevería a desconocer un tema tan importante como el que nos ocupa.

         Cualquier región del mundo puede fijar programas para apoyar a personas emprendedoras, sean migrantes a secas, o migrantes de primera o segunda generación. Esfuerzo éste que sería coyuntural de no acompañarse con modificaciones en la normatividad de la materia y, como correlato, en la instrumentación de justicia, en el proceso operativo de la norma. De ahí, precisamente, las modificaciones legales iniciadas en mí país en cuestiones migratorias y de refugiados, mismas que recogen los estándares nacionales e internacionales de protección reforzada, repito el concepto, de protección reforzada, a sus derechos humanos.

Ejemplo de ello es la modificación al artículo 112 de la Ley de Migración, con la cual se pretende proporcionar mayor protección y seguridad jurídica a los indocumentados, más todavía si éstos son menores de edad. También están los ajustes, uno, a la Ley General de Asentamientos Humanos, sobre todo en la parte correspondiente al ordenamiento del territorio nacional y al desarrollo urbano y, dos, a la Ley de Planeación. Sin faltar, evidentemente, los convenios, acuerdos y protocolos necesarios.

Modificaciones todas ellas que, en un considerable porcentaje, son producto de la firmeza con la cual los operadores de justicia han resuelto los litigios puestos a su consideración. Actitud con la cual, dicho sea de paso, cumplen con el mandato constitucional de proteger, garantizar y fomentar los derechos humanos de las personas migrantes. Al respecto, las sentencias son públicas y están al alcance de todos.

       Seguramente, muchas reformas más acompañarán a las ya citadas, una de ellas, supongo, referirá que toda autoridad o empresa que tenga conocimiento fehaciente de que una persona o grupo de personas está o están como migrantes en el país, deberá, además de respetar sus derechos fundamentales, dar aviso de dicha situación a la institución competente del Poder Judicial de la Federación, ubicada en la Ciudad de México o en la Entidad Federativa correspondiente. Ello a efecto de que ésta designe a un asesor público que oriente, proteja o defienda los derechos humanos de la persona o grupo de personas en cuestión y, previa voluntad de las mismas, gestione su legal estancia en el país ante la instancia para ello establecida.

       En el entendido de que para asegurar una defensa adecuada y protección jurídica de calidad, dado el caso de que la persona o personas en cita no hablen o entiendan el idioma español, el asesor público, que será un profesional en derecho, también deberá contar con el reconocimiento oficial como intérprete o traductor del idioma requerido.

       Si las personas migrantes se localizan en Estaciones Migratorias y Estancias Provisionales del Instituto Nacional de Migración, éste, sin demora alguna y previa voluntad de la o las personas extranjeras, deberá dar aviso, además de los consulados respectivos, a dicha instancia competente del Poder Judicial Federal, para que ésta implemente las acciones conducentes.

       Como secuencia lógica, me parece, es probable que se agregue que, dado el caso que un operador del Poder Judicial referido, en su juzgado o tribunal, se percate de un desequilibrio procesal hacia un migrante, a fin de cumplir con su obligación constitucional de garantizar su protección jurídica y sus derechos de igualdad ante la ley y a no sufrir discriminación alguna, deberá designar, de oficio, al asesor público correspondiente, más todavía si se trata de menores o inimputables que tengan alguna discapacidad.

       Posiblemente sea un sueño lo que digo, pero, de verdad, me parece urgente que una norma resalte que tratándose de migrantes el punto fundamental y prioritario es el respeto de sus derechos humanos. Ello es así, porque sus derechos, como bien lo dicen Pablo Ceriani Cernadas, Diego R. Morales y Luciana T. Ricart, en un artículo conjunto sobre migrantes, “no se deducen de una pertenencia nacional determinada, antes bien, deben analizarse a partir de los distintos niveles en las obligaciones de respeto, protección y garantía de los derechos humanos que deben cumplir los Estados con relación a todas las personas que se encuentran bajo su jurisdicción”.

       En este sentido, los remarco, es indispensable revertir las inercias con las cuales se ha ubicado el actuar de los migrantes en el país. Dicho de otra manera, es necesario revertir que única y exclusivamente es el documento el que determina, entre nosotros, tanto su situación jurídica migratoria, como su condición como persona que es. Cuestión muy alejada de la realidad, ya que a un extranjero le asisten un conjunto indeterminado de derechos humanos, de la misma manera que a los nacionales, que están contenidos implícita y explícitamente en nuestra constitución.

       Si la constitución ya los contiene, es la ley la instancia de concreción y el medio idóneo para propiciar dicha reversión. Además, ya en este proceso, partiendo de la base de que las personas que nos ocupan carecen de documentación migratoria que justifique su estancia en el país, es momento de reconocer, seguido a ello, los engorrosos y poco difundidos procesos administrativos para los migrantes y, lo que es más importante, la inexistente asesoría pública especializada para defensa y orientación a este grupo en un proceso administrativo que comprenda notificaciones, requerimientos, comparecencias, recursos y defensas judiciales en general.

       Lo anterior, por supuesto, es susceptible de ser mesurado, pues la defensoría pública mexicana, como institución gratuita de servicio de defensa y asesoría, siempre ha estado presente. Sin embargo, para el caso específico de protección a migrantes, ésta carece, hasta el momento, de una estructura especializada para atender la totalidad del servicio requerido.

       Insisto, es necesaria una ley que permita la protección inmediata de los migrantes, bajo el principio de pleno respeto a sus derechos y no sujetar un apoyo jurídico al documento que éstos tengan o deban tener. Protección que se verá custodiada por el actuar gratuito de la defensa y asesoría competente del Poder Judicial de la Federación.

       Por otra parte, es necesaria y conveniente la intervención, por ministerio de ley, de este Poder en los procesos administrativos que tengan que ver con la detención o situación irregular de migrantes. Un migrante, para definir su situación jurídica, no puede estar supeditado al documento migratorio, sino, en general, al conjunto de derechos humanos que le asisten, por decir algunos, a la educación, vivienda, salud, defensa adecuada, ejercicio de su profesión u oficio, y a un trabajo digno.

       Sería inaceptable en el sistema jurídico mexicano que una persona migrante sea detenido por la autoridad sin previa notificación y, menos aún, que a dicha persona se le inicie un procedimiento administrativo sin el respeto a sus derechos fundamentales, ya que éstas, además de tener los mismos derechos que cualquier ciudadano nacido en mi país, por su misma condición de vulnerabilidad, tienen derecho a una protección reforzada.

       En el caso mexicano, los migrantes tienen todos los derechos que reconoce nuestra constitución y los instrumentos internacionales firmados y ratificados por el Congreso de la Unión, por mencionar algunos, tienen derecho a la nacionalidad, libre tránsito, seguridad jurídica y debido proceso, atención consular, a no ser discriminados y al asilo y refugio. Asimismo, a la protección de la unidad familiar, a la dignidad humana, a no ser criminalizado, a ser alojados en una estación migratoria, a un alojamiento digno, a no ser incomunicado, a un traductor, a no ser detenido en albergues, a la hospitalidad del Estado y a la solidaridad internacional.

       Tienen derecho a la diversidad cultural y a la interculturalidad, dicho de otra manera, tienen derecho, cito a la Comisión Nacional de Derechos Humanos, “a manifestar libremente su cultura y tradiciones, siempre y cuando no vulnere derechos humanos o cometan delitos con tales conductas. Además, tiene derecho a propiciar la interculturalidad, esto es, interactuar con personas con culturas diferentes a las suyas, a efecto de lograr canales de comunicación que favorezcan la interacción respetuosa y armónica entre los grupos”.

         En este contexto, comparto lo expresado por Luis María Aguilar, presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, cuando remarca que solamente un miope de la realidad se atrevería a señalar “a los migrantes como el origen de muchos males, sin querer darse cuenta de que también son fuente de enriquecimiento social y cultural de cualquier nación” y, por si fuera poco, a renglón seguido se compromete a impulsar un grupo especial que, desde la asesoría, les defienda y proteja.

         Se entiende que dicho grupo permitirá al Poder Judicial de la Federación, a sus operadores de justicia, cumplir, de una mejor manera y en todo el territorio nacional, con su obligación de otorgar el servicio de la asesoría pública a este grupo de personas extremadamente vulnerable. Acción que exige aristas novedosas de atención que permitan proporcionarles una real y efectiva defensa adecuada.

Esto es importante entenderlo así, pues las personas de las que hablo de ninguna manera deben ser concebidas solamente como aquellas que se localizan en un campamento o en los llamados corredores de la muerte, sino, además, deben comprender a todas aquellas que trabajan e interactúan socialmente, como lo hace todo mexicano, pero en condiciones extremadamente desprotegidas o desfavorables, social y legalmente. Nadie desconoce que en todo el país y en forma desfavorable, los hombres y mujeres migrantes trabajan y luchan, por decir algunos conceptos comunes, por su comida, servicios de salud, esparcimiento y educación para sus hijos.

       En resumidas cuentas, una de las cuestiones básicas a tener presente en las palabras del presidente de la Corte, es, me parece, el alcance del compromiso contraído. Entiendo que lo dicho por él no es coyuntural ni propio de un discurso para salir del paso. Es una acción mediante la cual se espera enfrentar un problema nacional, como es el tema de la migración, que estadísticamente hablando encierra un gran significado y, por si fuera poco, de ser atendido en forma inapropiada, generaría una alta posibilidad de descrédito en la institución pública que proceda erróneamente a enfrentarlo.

       La defensa pública de los migrantes, efectivamente, es el tema que está en la mesa. El problema se ha desbordado. El “pollero” aquél de los años cincuenta es ahora una anécdota de niños. Ahora son miles y miles de migrantes y la muerte una real amenaza pegada entre sus pasos.

         De ahora en adelante, sería lamentable que alguna institución del Estado participe o de plano lleve de la mano a los migrantes por el camino de la clandestinidad, el anonimato o un sitio de descanso permanente como puede ser la fosa común donde está enterrado mi país.

Basta ya de que a los migrantes se les vea como una mercancía, y que la delincuencia organizada o los grupos traficantes de personas, lucre con su desesperado estado de pobreza, su falta de desempleo e ilusión de buscar un espacio donde su familia coma y disfrute de lo mínimo e indispensable que tenemos todos. Basta de silencios y medidas que puedan fomentar la discriminación de los migrantes dispersos en todo el territorio nacional y, coyunturalmente, ubicados en campamentos y rutas clandestinas.

El tema de asesoría pública a migrantes está en la mesa. El legislador y el área competente del Poder Judicial de la Federación tienen la palabra. Por lo pronto un nuevo día se vislumbra: una unidad especial de asesoría, defensa y protección a migrantes y personas vulnerables.

*Pendiente de publicar en Congresistas, periódico bimensual.