miércoles, 29 de marzo de 2017

Derechos humanos y reforma constitucional de las fuerzas armadas

Es muy importante delimitar la competencia de las fuerzas armadas de mi país. A éstas las vemos unas veces enfrentándose a la delincuencia organizada, otras ayudando a la población en caso de desastre, otras más vigilando que las personas que viven de lo ajeno ya no agranden su capital robando la gasolina de los ductos nacionales que mapean todo el territorio nacional, es el caso de los efectivos militares enviados a Puebla, según da cuenta el periódico El Universal de 17 de marzo de 2017.

Ya solamente falta que los veamos de albañiles construyendo bardas, edificios, aduanas, aeropuertos, o centros penitenciarios de mínima, media, alta y máxima seguridad, o bien, proporcionarle la administración del propio Estado.
         
El problema de fondo sigue ahí. La incompetencia de autoridades para enfrentar problemas que les competen y, por si fuera poco, parecería que han cruzado los brazos con el argumento de que han sido rebasadas o no hay recursos económicos. Un Estado constitucional y democrático no puede ser rebasado por el propio Estado.
         
De ninguna manera es sano que el Estado luche en contra del mismo Estado. Cosa que se puede dar sí y solo sí, es la sociedad, la ciudadanía, como instancia máxima que da sustento, legitimidad y credibilidad a las instituciones del Estado, la que se rebele por incumplimiento de su propio mandato democrático, ya que éstas, las autoridades, han dejado de cumplir con el marco constitucional y legal que les fue señalado.

Basta ya de extender el dedo señalando al otro como responsable de lo que sucede, sin pasar por una crítica y autocrítica, en suma, sin que ese dedo señale a uno mismo, sea éste persona o institución. Esperemos que las cosas nunca salgan realmente de control, porque quien ostenta el poder tratará de mantener el control siempre, así sea con la fuerza represiva del propio Estado como último recurso. Sería lamentable, ahistórico y regresivo que esto sucediera en mi país.

La delincuencia organizada, igual que la corrupción, por decir dos cuestiones, en estos momentos son estructuras de poder. La encrucijada es clara. Se vive un Estado constitucional de respeto a los derechos humanos, pero, al mismo tiempo, el Estado ha mostrado incapacidad para delinear las estrategias que permitan cumplir con dicha forma constitucional de vivir: generación de empleo, calidad educativa, desarrollo de una vida digna y una mejor distribución del ingreso. El problema, entiéndase, es mucho más grande que las soluciones ofrecidas.

Todo problema bien planteado tiene una solución correcta. Premisa que, en el caso de los problemas propios de la seguridad pública, parecería que ni siquiera ha sido pensada ni planteada. Parches, pegotes, remiendos un día y otro día también. Sobrevivir políticamente y que otro lo resuelva. El otro dirá lo mismo, y así hasta que la sociedad civil intervenga, sea vestida de blanco por las calles del país, o bien, organizadamente, sin clientelismos por supuesto, sino con una conciencia social real.

Dado el caso que esto último se lleve a cabo, existe una alta posibilidad de que sea a la propia sociedad organizada la que sea enjuiciada y, en su entremos, detenida con el uso de la fuerza. Espero que para tal caso no sean las fuerzas armadas el instrumento.

Desafortunadamente, y con los pocos elementos de juicio que tengo a mi alcance, me parece que el problema de seguridad pública que vive el país, en relación con la afectación de los derechos humanos y la participación de las fuerzas armadas en el mismo, de ninguna manera cambiará de fondo con la tan comentada Ley de Seguridad Interior. Ello se debe, a mi parecer, porque el problema es tal que ya, en principio, es insuficiente plantearlo en el ámbito de la legalidad, se requiere hacerlo en el marco de la constitucionalidad, lo cual significa, al mismo tiempo, plantear la reestructurar de las propias fuerzas armadas.

Es urgente llevar a cabo una reforma constitucional de las fuerzas armadas y, como consecuencia, insisto, una reestructuración de las mismas en el propio marco constitucional. Cuestión que se traduce en dos puntos claves, por una parte, estudiar el tema del fuero de guerra contenido en el artículo 13 constitucional y, por otra, instalar la misión de las fuerzas armadas (garantizar la independencia y soberanía de México, así como defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional) en el marco constitucional, para lo cual sugiero reformar el artículo 129 también constitucional.

Dicho en otras palabras, estudiar la posibilidad que desaparezca el fuero de guerra, así como la posibilidad de que las fuerzas armadas se reestructuren constitucionalmente, con un marco de acción propio, con sus límites y contrapesos, todo ello en un Estado democrático, en suma, límites y responsabilidades claras por parte del Poder Ejecutivo federal, del Poder Legislativo y Judicial, así como de las propias fuerzas armadas.

Cuestión todas ellas viables, como lo he sostenido una y otra vez en foros jurídicos y escritos sobre la materia, más todavía si, en cuanto al fuero de guerra se refiere, es criterio reiterado de la Corte Interamericana de Derechos Humanos tanto reducir al máximo o incluso desaparecer la jurisdicción militar en tiempos de paz, como el que refiere que en tales tiempos, los Estados democráticos “deben limitar al máximo el uso de las fuerzas armadas para el control de disturbios internos, puesto que el entrenamiento que reciben está dirigido a derrotar al enemigo, y no a la protección y control de civiles, entrenamiento que es propio los entes policiales”.

De llevarse a cabo lo anterior, me parece, significaría realmente contar con unas fuerzas armadas de Estado más que de gobierno, asimismo, que tales fuerzas asumieran lealtad y protección tanto a las instituciones, como a propia sociedad civil a la que se deben. Cuestión que en realidad ya cumplen, al protestar, como servidores públicos que son, guardar la Constitución y las leyes que de ella emanen. Mandato que, por cierto, está contenido en el artículo 128 constitucional.

Hasta donde ubico, la Ley de Seguridad Pública no se asoma a los temas referidos. Aunque lo sabe perfectamente el legislador, me permito reiterarlo ahora, las fuerzas armadas están para proteger, por sobre todas las cosas, a la seguridad y soberanía de las instituciones, y del Estado en su conjunto. Para ello cuenta con procedimientos legales castrenses, métodos, sistemas y estrategias muy propias, las cuales, incluso, tal vez sea necesario actualizar. Las fuerzas policiales de seguridad pública, por su parte, están para proteger, por sobre todas las cosas, a las personas y el bienestar de las mismas, ello mediante procedimientos legales también muy propios.

El Estado mexicano ha asumido constitucionalmente la obligación de fomentar y respetar los derechos humanos, así como sancionar las posibles violaciones que se llegaren a efectuar en contra de los mismos. De esta manera, es claro que por ningún motivo estoy en contra de la Ley de Seguridad Pública, digo tan solo que es el momento oportuno para efectuar una reforma constitucional en materia militar y replantear su papel e intervención en dicho ámbito.


El tema de ninguna manera es sencillo y, por si fuera poco, a los puntos hasta aquí referidos me permito agregar uno más: la necesidad del consenso mismo de las fuerzas armadas para transformarse en el marco constitucional que propongo y, hasta donde entiendo, en nuestros días requiere el país. Ninguna actuación militar ni encima ni al margen de la Constitución Federal. He ahí el reto y el fondo del asunto.