miércoles, 19 de noviembre de 2014

Criterios jurídicos al resolver “cadena de custodia y escena del crimen, un caso de inmediata libertad”


El caso es emblemático y referente obligado. Entre otras cosas, porque es el primer asunto que se estudia en el máximo tribunal sobre el tema. Así mismo, porque en términos de doctrina judicial, mediante él inicia la construcción de criterios sobre el particular.

Fueron catorce las tesis emitidas por la Primera Sala. Cinco sobre prueba indiciaria, una sobre prueba testimonial, dos sobre prueba pericial, una sobre escena del crimen, tres sobre cadena de custodia, una sobre el perfil criminal, y una sobre la diligencia de reconocimiento olfativo con elementos caninos.

 

Las cinco tesis sobre prueba indiciaria se refieren a:

 

·       La naturaleza y alcances de esta prueba. Tesis: CCLXXXIII/2013 (10ª).

·       Los requisitos que deben cumplir los indicios para que la prueba indiciaria o circunstancial se pueda actualizar. Tesis: CCLXXXIV/2013 (10ª).

·       Los requisitos que debe cumplir la inferencia lógica para que la prueba indiciaria o circunstancial se pueda actualizar. Tesis: CCLXXXV/2013 (10ª).

·       A la obligación del juzgador de explicar, en la sentencia correspondiente, el proceso racional a través del cual estimó la actualización de la prueba indiciaria o circunstancial. Tesis: CCLXXXVI/2013 (10ª).

·       La referente a que, tratándose de la prueba indiciaria o circunstancial en materia penal, para que genere convicción en el juzgador, deberán descartarse otras hipótesis, a través de contrapruebas y contraindicios. Tesis: CCLXXXVII/2013 (10ª).

 

La tesis sobre prueba testimonial. En ella se enfatiza que el principio de inmediatez es aplicable sin importar la categoría en la cual se pretenda clasificar al testigo. Tesis: CCLXXXVIII/2013 (10ª).

 

Las dos tesis sobre prueba pericial. En ellas se expone que:

 

  • El registro oficial de los peritos constituye una guía indispensable para que la autoridad elija al especialista idóneo para rendir un dictamen. Tesis: CCXCIII/2013 (10ª ).
  • El alcance probatorio de la prueba pericial debe estar acorde a la proximidad entre el campo de especialización del perito y la materia del dictamen. Tesis: CCXCIV/2013 (10ª).

 

La tesis sobre escena del crimen. En ella se indica proporcionan las directrices para su análisis por parte de las autoridades y los peritos auxiliares. Tesis: CCXCVI/2013 (10ª).

 

Las tres tesis sobre cadena de custodia. Las únicas que ha emitido el Poder Judicial de la Federación (Corte y tribunales).

 

  • Una se refiere a que debe respetarse la cadena de custodia para que los indicios recabados en la escena del crimen generen convicción en el juzgador. Tesis: CCXCV/2013 (10ª).
  • Otra a las directrices para que los indicios recabados en la escena del crimen puedan generar convicción en el juzgador. Tesis: CCXCVII/2013 (10ª).

·       Y la tercera se refiere a las directrices específicas para el cuidado de los vestigios de sangre localizados en la escena del crimen. Tesis: CCXCVIII/2013 (10ª).

 

La tesis sobre el perfil criminal. Se refiere a las directrices para su elaboración y posterior comparación con el contraperfil del acusado. Tesis: CCXCIX/2013 (10ª).

 

Finalmente, la tesis sobre la diligencia de reconocimiento olfativo con elementos caninos, tesis CCXCIX/2013 (10ª). En ella se especifica que la reacción de los caninos ante un estímulo debe estar sujeta a un examen de razonabilidad. Cito. La simple reacción de un elemento canino ante un estímulo no representa por sí mismo un elemento que acredite de forma fehaciente determinado dato, sino que deberán existir otros medios de convicción con los cuales se pueda adminicular, a efecto de reforzar una posible hipótesis de responsabilidad penal en contra de una persona.

Por tanto, continúa el criterio, el juzgador deberá analizar las circunstancias que concurrieron en la diligencia en la cual intervinieron los elementos caninos, a efecto de determinar si la reacción mostrada por los mismos puede encontrar justificación en un elemento contextual y, por tanto, dicha reacción no podría tomarse en cuenta como un elemento válido para sustentar la responsabilidad penal del acusado.
 
 
 

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