miércoles, 19 de noviembre de 2014

Escena del crimen en “cadena de custodia y escena del crimen, un caso de inmediata libertad”


 
Al estudiar la escena del crimen se incurrió en graves irregularidades y, por lo mismo, consecuencias de la misma magnitud en el desarrollo y conclusión del asunto.

            Es de remarcar lo cuidadoso que se debe ser al estudiar la escena en cuestión, pues ésta reviste capital importancia para lograr el mejor desarrollo de los procedimientos penales y, por tanto, que el juzgador cuente con la mejor interpretación sobre los hechos.

            El lugar de los hechos o escena del crimen (lugar abierto, cerrado, móvil, mueble o inmueble, además de las áreas adyacentes) contiene los elementos, evidencias y hallazgos fundamentales donde presumiblemente fue cometido el delito que se investiga, sea este del orden federal o local.             Por lo mismo, es de derecho y de sentido común que el lugar debe ser debidamente custodiado.

            No observar los protocolos de actuación y métodos de acuerdo a la peculiaridad de cada caso (por espacios, zonas o franjas. Métodos por espiral, enlace, cuadrículas, de criba o de puntos de referencia, de zig-zag o de cuadrante interno[1]) y, más todavía, no acudir al lugar o punto específico del lugar “de concurrencia de las conductas sospechosas como punibles para revisarlo, constituye una omisión que pueden ocasionar desorden técnico en el curso de la investigación. El lugar donde tuvo ocurrencia la conducta que puede ser considerada como punible, tiene especial relevancia porque es el sitio o lugar en donde pueden hallarse elementos que tengan relación directa o indirecta con el suceso”.[2]

Observación del sitio, sus alrededores y las evidencias de la escena del crimen, permite también inferir e interpretar y clasificar de una mejor manera los hechos del crimen que se investiga.

            “Se sabe que dos personas que observan el mismo objeto desde el mismo lugar y bajo las mismas circunstancias pueden tener diversas interpretaciones, la experiencia a su vez influye en el registro perceptivo de la realidad. Es aquí entonces donde radica la importancia de un protocolo de actuación. La cita ‘Observar sin pensar es tan peligroso como pensar sin observar’, según el Dr. Cajal (Premio Nobel de Medicina en 1906), describe la necesidad de que ésta se realice en forma completa, exacta, metódica y descriptiva. Siendo no obstante intencionada, porque se hace con un fin determinado. De ello surgirán la descripción el registro y la posterior narración del dictamen pericial, basada en la observación”.[3]

            De lo expuesto, retomo el protocolo de actuación, el ceñirse a los “estándares de observación en sitios cerrados, la descripción de la evidencia física de las superficies observadas, los datos del cadáver, la clasificación de los indicios, los tipos de indicios que se pueden observar en un lugar de los hechos, búsqueda mediante técnicas de iluminación angulares, con proyección de luz blanca del Led (Light Emitting Diode) o lámparas halógenas en forma oblicua y al ras de la superficie, ocurrencia o de hallazgo; visualización y explicación de su morfología, indicativas a través de los patrones hemáticos, siendo goteos, salpicaduras, proyecciones, contacto, acorde a su velocidad y causa (corte, golpe, disparo de arma de fuego), entre otros puntos”.[4]

            Inobservar tales protocolos y estándares de la escena del crimen, lo cual se actualiza en el caso que nos ocupa, provoca, como dije, graves consecuencias en el proceso de investigación del ilícito.

            De ahí que la Primera Sala no dudo fijar directrices para analizar la escena del crimen por parte de las autoridades y los peritos auxiliares.

            Es indispensable, argumentó: “Que las personas que interactúan en las mismas actúen conforme a ciertos estándares que garanticen que los resultados de la investigación sean completos, objetivos e imparciales.

            La intención final es que el estudio de tales escenas pueda arrojar elementos válidos y útiles para ser valorados por un juzgador, lo cual requiere de un trabajo óptimo en el lugar sometido a análisis, empleando conocimientos técnicos y procedimientos criminalísticos para cada tipo de evidencia. En efecto, el éxito o fracaso de una investigación de índole penal suele estar determinado por la protección y análisis de la escena del crimen y sus escenas relacionadas.

            Por tanto, tales diligencias deberán comenzar con una exhaustiva inspección ocular a cargo del funcionario que esté a cargo de la investigación, realizando todas las acciones que estime necesarias para preservar la escena, y documentando todos los datos que estime pertinentes.

            Una vez realizado lo anterior, se deberá permitir el acceso a los elementos clave de la diligencia: los peritos auxiliares. Ubicados en la escena sometida a estudio, lo recomendable es que los peritos realicen una búsqueda profunda de indicios, tanto en la propia escena, así como en zonas conexas y aledañas, recopilando cualquier dato que pueda ser útil para la investigación.

            Dicha búsqueda deberá ser metódica, completa, minuciosa y sistemática, no solo del lugar en donde se tiene la sospecha de que se encontrarán evidencias, sino también en aquellas zonas que guardan relación con el mismo.

            La necesidad de que tal búsqueda sea tan rigurosa, obedece a que muchas de las evidencias no son apreciables a primera vista y, por tanto, es necesario ejecutar un método adecuado para encontrarlas.

            Tales datos, mismos que pueden consistir en cualquier tipo de objeto, huella, marca, rastro, señal o vestigio, proporcionan bases científicas o técnicas para orientar la investigación criminal, reforzando hipótesis y permitiendo que se arribe a conclusiones con un mayor grado de fiabilidad.

            Debe procurarse realizar el rastreo bajo las mejores condiciones, esto es, utilizando los instrumentos adecuados, para así proceder a describir la escena, para lo cual el uso de la fotografía y la planimetría son fundamentales”.[5]



[1] Véase: Fierro-Méndez, Heliodoro, Introducción a la criminalística, Ed. Leyer, Bogotá, Colombia, 2006, páginas 497 a 523.
[2] Fierro-Méndez, Heliodoro, op. cit. p. 493.
[3] Marcelino Lionel Cottier, “La observación en el procesamiento del lugar del hecho y la escena del crimen”, en Autores varios, Criminalística y criminología. Implicancias prácticas de la investigación penal, Coordinadores: Fernando Martín Bertone y Alejandro Marcelo Fenoll, Universidad Empresarial Siglo Veintiuno, Córdova, Argentina, 2012, p. 89 y 90.
[4] Véase: Marcelino Lionel Cottier, “La observación en el procesamiento del lugar del hecho y la escena del crimen”, en Autores varios, Criminalística y criminología. Implicancias prácticas de la investigación penal, Coordinadores: Fernando Martín Bertone y Alejandro Marcelo Fenoll, Universidad Empresarial Siglo Veintiuno, Córdova, Argentina, 2012, p. 89 a 105.
[5] Tesis aislada CCXCVI/2013 (10ª) de rubro: Escena del crimen. Directrices para su análisis por parte de las autoridades y los peritos auxiliares, Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, amparo directo 78/2012. 21 de agosto de 2013. Mayoría de cuatro votos.

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