jueves, 15 de octubre de 2015

El papel del intérprete/traductor en el ámbito jurídico*

Segunda parte

*Foto: Ingrid L. González Díaz

El trabajo del intérprete/traductor de ninguna manera es de letra pequeña diluida en un libro, o en la conciencia del lector. Es un trabajo de gran reconocimiento y valor.
En mi caso, difícilmente cambiaría la traducción que hace José Luis Calvo Martínez de los Discursos de Lisias. La traducción de Calvo Martínez es para mí la que más se acerca a la pureza, tersura y sencillez de leguaje, de ese brillante y eficaz abogado ateniense que nació, según sus biógrafos antiguos, en el año 459 a.C.
          Lo mismo puedo decir de la traducción de José Gaos de las Lecciones sobre filosofía de la historia universal de Hegel (Georg Wilhelm Friedrich Hegel). O la que hace Julio Cortázar de Memorias de Adriano de Margarita de Yourcenar. O bien, la que hacen Aníbal Froufe y Carlos Vergara sobre la obra de Federico Nietzsche, o Julio Calonge, Emilio Lledó, y Carlos García Gual, entre otros, de la obra de Platón.
          Incluso, mil disculpas por ejemplificar demás, pues muy familiar para todos nosotros es el traductor de la Biblia del griego y el hebreo al latín, como es Eusebio Hierónimo de Estridón (Estridón, Daknacua, c. 340–Belén 420), mejor conocido como San Jerónimo, patrón de los traductores, para unos, para otros, Alfonso X El Sabio (Toledo 1221–Sevilla 1284).
          Sobre la Biblia y sin tomar una en particular, sino solamente para ejemplificar, una vez más, la importancia del intérprete/traductor puedo decir, para mí mismo, que no es lo mismo que en una de ellas se me diga que Jesucristo en su transe de muerte expresó: "perdónalos señor que no saben lo que hacen", y en otra: "señor, por qué me has abandonado".
          Lo que deseo remarcar es que la elección en la traducción de una palabra en una oración o frase, es aquella que de acuerdo con la razón rige como gobernante en la oración o frase misma. Esta deliberación para elegir la exacta o más adecuada palabra, deliberación propia del intérprete/traductor, es lo que Aristóteles llamó el justo medio entre la virtud y la razón de nosotros mismos, y de ninguna manera como un acto deliberativo propio de una operación aritmética, es decir, como una justa medida.
          Por tanto, nuevamente me remito al papel tan importante del intérprete/traductor en el ámbito cultural en general, jurídico en particular, de un país. No es lo mismo traducir la idea del justo medio aristotélico, como si fuese una justa medida, expresión propia, según mi parecer, para traducir una oración cuyo sentido es aritmético.
          Concluyo este punto. Es de capital importancia el trabajo del intérprete/traductor. Su capacidad técnica, cultura y sensibilidad se conjugan cuando al estar frente a un documento original, lleva a cabo una traducción fiel de éste y una interpretación de lo que en ese idioma se dice, para ser entendido por otra que es ajena en el entendimiento de ese lenguaje. Su traducción palabra por palabra, fluida y lógica en su sentido y esencia, haciendo gala del conocimiento de la lengua, sabiduría y enorme sensibilidad que le permite plasmar los diversos matices, claridad, brillo y sencillez contenidas en la prosa del autor o documento que traduce.
          Traducir, nos dice Edmond Cary, aunque también lo podemos hacer extensivo para interpretar, "es ser uno capaz de captar las infinitas resonancias de cada palabra, de cada movimiento del pensamiento, de cada latido de corazón, y saber comunicarlos al lector".[1]

Foto: Ingrid L. González Díaz

[1] Witthaus E. Rodolfo, Régimen legal de la traducción y del traductor público, Editorial Abeledo - Perrot, Buenos Aires, Argentina,1981, p. 36. Citando a Elsa T. de Pucciarelli, Qué es la traducción, editorial Nymohenbúrger, Verlagsbuchhandlung, Munich, 1967, pág. 286. 

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