miércoles, 21 de septiembre de 2011

Momento oportuno de una reforma constitucional militar*

Genaro González Licea

Es el momento para replantear una reforma constitucional de las Fuerzas Armadas. Lo cual implica replantear, entre otros puntos, el fuero de guerra, su misión expresamente dicha en el ordenamiento constitucional que es el garantizar la independencia y soberanía de México, así como defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional.
Así, considero que en un Estado democrático la participación de las fuerzas militares es clave para fortalecerlo y, paralelamente, para fortalecerse internamente. “Las Fuerzas Armadas constituyen una institución indispensable en toda organización política global cuya función, en el marco específico de competencia que se les otorgue, consiste en preservar el orden interno mediante la plena vigencia de la Constitución, y en asegurar la personalidad internacional del Estado y su poder soberano frente a los ataques provenientes de otros Estados u organizaciones internacionales. Si un Estado estuviera desprovisto de fuerzas militares, serían escasas sus posibilidades de subsistencia o, en mayor o menor grado, dependerían de la voluntad de los Estados Extranjeros”[1].
Para lograr la fortaleza referida, me parece que ésta se logra si explícitamente están contenidos en el marco constitucional, tres elementos centrales: su misión, organización y funcionamiento. Poder Ejecutivo, Poder Legislativo y las responsabilidades propias de las fuerzas militares.
Con ello, quiero decir, por otra parte, que el fuero de guerra, tema de la presente intervención, está contenido en los puntos anteriores y, sin duda, debe acotarse a los delitos y faltas contra la disciplina militar, cometidas por militares y ventilados en una jurisdicción especializada.

* El presente artículo es parte de la plática que pronuncié en el Instituto Federal de Defensoría Pública, Consejo de la Judicatura Federal, Poder Judicial de la Federación, en 2010. Su publicación se hará en la Revista de dicho Instituto.


[1] Badeni, Gregorio, op. cit. p. 1736.

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